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Artículo UNICO de la Ley 243 · Sociedad musical de ovalle

Sociedad musical de ovalle

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22097 / 5947261.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Concédese a la Sociedad Musical de Ovalle el permiso requerido por el artículo 556 del Código Civil, para que pueda conservar por treinta años la propiedad de un bien raiz que posee en la calle Vicuña Mackenna de dicha ciudad.