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Artículo UNICO de la Ley 249 · Fiscal de la corte de apelaciones de concepcion

Fiscal de la corte de apelaciones de concepcion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22103 / 5947286.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Créase otra plaza de Fiscal para la Corte de Apelaciones de Concepcion. Este funcionario se turnará mensualmente en el ejercicio de su cargo con el que en la actualidad existe, i tendrá las atribuciones i deberes que fija a dichos fiscales la lei de 15 de Octubre de 1875. Su sueldo será el que establece para empleados de igual categoría la lei de 5 de Enero de 1894. Créase asimismo el empleo de escribiente de la fiscalía con el sueldo de mil pesos anuales. Un Ministro de la Corte de Apelaciones, comisionado al efecto por el Tribunal, distribuirá las causas que actualmente se encuentran en vista al Fiscal, de modo que a cada funcionario corresponda un número equivalente de causas.