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Artículo UNICO de la Ley 252 · Sociedad de socorros mutuos de artesanos de concepcion

Sociedad de socorros mutuos de artesanos de concepcion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22106 / 5947295.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Concédese a la "Sociedad de Socorros Mútuos de Artesanos de Concepcion" el permiso requerido por el artículo 556 del Código Civil, para que pueda conservar por treinta años la propiedad de un bien raiz que posee en dicha ciudad, ubicado entre las calles de Carrera i Tucapel.