Texto oficial
Artículo 190.- Los extremos del cable para tracción
deben unirse a los carros o medio de carga que se trate por
medio de un guardacable y cadena u otro medio técnicamente
eficaz.
Aprueba reglamento de seguridad minera
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221064 / 8649895.