Texto oficial
Artículo 584.- Para el encendido de una o más guías
en cualquier disparo, se deben emplear como mínimo dos
personas, cualquiera sea la cantidad de tiros.
Aprueba reglamento de seguridad minera
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221064 / 8650327.