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Artículo 3 de la Ley 256 · Obras publicas

Obras publicas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 22110 · idParte: 5947313

Texto oficial

ART. 3.° Dentro de los ocho dias siguientes a la promulgación de la lei de presupuestos, la Direccion de Contabilidad solicitará de los respectivos Ministerios la imputacion al presupuesto que corresponda de los gastos que se hubieren hecho con cargo a esta lei.