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Artículo 4 de la Ley 257 · Servicios de agua potable i desagues de la ciudad de valdivia

Servicios de agua potable i desagues de la ciudad de valdivia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22111 / 8273858.

Texto oficial

ART. 4.° Se declaran libres de derechos los materiales que se importen del estranjero para la construccion de los servicios del agua potable i desagües de la ciudad de Valdivia. El Presidente de la República fijará la cantidad a que se estiende la liberacion de derechos en vista de los presupuestos de la obra aprobados por la Direccion Jeneral de Obras Públicas.