Texto oficial
ARTICULO UNICO. Destínase la cantidad de veinte mil pesos ($ 20,000) a cubrir los gastos de instalacion provisoria de la Cámara de Diputados.
Instalacion provisoria de la camara de diputados
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22135 / 8273885.