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Artículo UNICO del Decreto Ley 770

Autoriza enajenacion de automovil que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221522 / 6465677.

Texto oficial

Artículo único: Exceptuáse de la prohibición establecida en el artículo 2º, inciso primero, de la ley Nº 17.741, el automóvil marca Mercedes Benz, modelo 280-S, motor Nº 130.920.10.027357, chassis Nº 108.016.10.056203. Autorízase su enajenación en las condiciones señaladas en el inciso segundo del mencionado artículo.