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Artículo UNICO del Decreto Ley 795

Modifica el d.l. nº 622, de 1974, sobre sociedades cientificas de especialidades medicas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221535 / 7309137.

Texto oficial

Artículo único.- Sustitúyese en el inciso primero del artículo primero del decreto ley Nº 622, de 29 de Agosto de 1974, las palabras "de Especialidades Médicas" por "del área de la salud" y en el artículo segundo las palabras "de Especialidad Médica" por "del área de la salud".