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Artículo 2 del Decreto Ley 832

Amplia facultades del vicepresidente ejecutivo de la junta nacional de jardines infantiles

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221549 / 6465754.

Texto oficial

Artículo 2º.- Este decreto ley regirá desde el día 2 de Noviembre de 1973.