Texto oficial
Artículo 6º transitorio.- Las operaciones ya realizadas por la Corporación del Cobre y por la Compañía de Cobre Chuquicamata con motivo del cumplimiento de los diversos compromisos y obligaciones financieras contraídas con ocasión de los acuerdos logrados con Cerro Corporation a raíz de la nacionalización de la empresa minera denominada Compañía Minera Andina S.A., quedarán sujetas en todo a lo dispuesto en el presente decreto ley.