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Artículo UNICO de la Ley 310 · Suplementos

Suplementos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22161 / 5947483.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Concédense los suplementos que se espresan a los siguientes ítems de la partida 39 del presupuesto de Industria i Obras Públicas: Al ítem 3, para pagos de trasportes i fletes, cinco mil pesos ($ 5,000). Al ítem 6, para pago de viáticos de injenieros i otros empleados, i trasporte de los mismos, diez mil pesos ($ 10.000).