Texto oficial
Artículo único: Concédese, por gracia, un abono de 10 años en las hojas de servicios del personal de la Armada de Chile fallecido a consecuencias del naufragio del RAM. "Janequeo" ocurrido el 15 de Agosto de 1965, o en las tareas de rescate y auxilio cumplidas con ocasión de ese siniestro. Este abono será válido para todos los efectos legales y en especial para el beneficio de trienio establecido en el artículo 114, letra a) del D.F.L. (G) Nº