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Artículo UNICO del Decreto Ley 943

Suspende, a contar de la fecha que indica, los cobros de patentes del nº 224, del cuadro anexo nº 2 de la ley nº 11.704, a las empresas que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221622 / 7309160.

Texto oficial

Artículo único.- Suspéndese, a contar del 8 de Septiembre de 1974, los cobros de patentes del Nº 224, del Cuadro Anexo Nº 2, de la ley Nº 11.704, sobre Rentas Municipales, a las empresas de recepción o remisión de carga o transporte de pasajeros o mercaderías por tierra.