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Artículo 2 del Decreto Ley 948

Modifica planta del ministerio de la vivienda y urbanismo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221624 / 6465967.

Texto oficial

Artículo 2º.- Créase, a contar desde el 1º de Enero de 1974, en la Planta del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, un cargo de abogado grado D (8 E.U.).