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Artículo CUARTO transitorio de la Ley 19.937

Modifica el d.l. nº 2.763, de 1979, con la finalidad de establecer una nueva concepcion de la autoridad sanitaria, distintas modalidades de gestion y fortalecer la participacion ciudadana

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221629 / 8721301.

Texto oficial

Artículo cuarto.- El componente de cumplimiento anual de metas sanitarias y mejoramiento de la atención proporcionada a los usuarios a que se refieren los artículos 64, 65 y 67 del decreto ley Nº 2.763, de 1979, se otorgará durante los años 2003 al 2006 según la siguiente tabla: Porcentaje de cumpli- miento 2003 2004 2005 2006 90% o más 0% 1,65% 3,3% 5,5% Entre 75% y menos de 90% 0% 0,83% 1,65% 2,75% Durante el año 2004, por concepto del componente asociado al cumplimiento anual de metas sanitarias, se pagará al personal beneficiario una suma equivalente al 1,65% de las remuneraciones que le sirven de base de cálculo. Para estos efectos, y sólo por dicho año, no se exigirá el cumplimiento de las metas sanitarias correspondientes.