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Artículo UNICO del Decreto Ley 988

Reincorpora a oficiales (r) de carabineros que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221727 / 6466457.

Texto oficial

Artículo único.- Reincorpórase, a contar desde el 1º de Julio de 1975, como Mayor (Grado 8) y Capitán (Grado 9) del Servicio de Orden y Seguridad de Carabineros de Chile, al Mayor (R) don Gustavo Aravena Rodríguez y Capitán (R) don Julio Alberto Escobar Quezada, respectivamente. Facúltase a la Dirección General de Carabineros para que ubique los citados Oficiales en el escalafón respectivo, teniendo en consideración las fechas desde las cuales están prestando servicios efectivos en la Institución.