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Artículo UNICO del Decreto Ley 981

Otorga pension, por gracia, a doña mercedes oporto vera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221736 / 8370292.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase, por gracia, a doña Mercedes Oporto Vera, una pensión de un vital mensual de la provincia de Santiago. El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.