Texto oficial
ART. 1.º Se autoriza al Presidente de la República para emitir bonos del Estado hasta por la suma de cuatro millones de libras esterlinas, con un interes que no exceda del cuatro i medio por ciento anual i amortizacion acumulativa de medio por ciento, tambien anual.
El pago de intereses i amortizacion de este empréstito se hará en libras esterlinas en Santiago, Lóndres, Paris o Berlin, a opcion de los tenedores de bonos.