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Artículo UNICO de la Ley 333

Pensiones de montepio. se declara que no obsta para su goce la falta de permiso para contraer matrimonio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22184 / 7162588.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Se declara que la falta de permiso para contraer matrimonio de los jefes i oficiales del Ejército i Armada hasta la fecha de la presente lei, no obsta para que sus familias puedan gozar del montepío militar con arreglo a las leyes.