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Artículo UNICO de la Ley 341 · Gastos de secretaria de las camaras de senadores i de diputados

Gastos de secretaria de las camaras de senadores i de diputados

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22192 / 8273922.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Destínanse las sumas de diezisiete mil y veinte mil pesos, respectivamente, a gastos de las Secretarías del Senado i de la Cámara de Diputados debiendo deducirse de ellas las cantidades que correspondan a las gratificaciones acordadas por dichas corporaciones a favor de sus empleados.