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Artículo 3 del Decreto Ley 1023

Autoriza transferencia de bienes que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 222020 · idParte: 6467541

Texto oficial

Artículo 3.o- El Consejo podrá vender los muebles antes señalados para sólo efecto de adquirir con su producto otros muebles apropiados al funcionamiento del Hogar de Ancianos.