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Artículo 10 del Decreto Ley 1030

Establece asignaciones de contratacion adicional de mano de obra

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 222021 · idParte: 7309633

Texto oficial

Artículo 10º- Durante la vigencia del presente decreto ley, la duración del contrato de plazo fijo señalado en el inciso 2º del Nº 12, del artículo 2º de la ley Nº 16.455 podrá ser hasta de un año. El hecho de continuar el trabajador prestando servicios con conocimiento del empleador después de expirado el plazo señalado, transforma el contrato a plazo en contrato de duración indefinida.