Texto oficial
Artículo 6º.- Corresponderá a la Empresa de Agua Potable de Santiago atender todas aquellas zonas que a la fecha del presente decreto ley se encontraban a cargo del Servicio de Agua Potable El Canelo.
Suprime el servicio de agua potable el canelo y establece como sucesora legal a la empresa de agua potable de santiago
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 222026 / 9062762.