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Artículo 2 de la Ley 354 · Avaluo i matricula para el cobro de las contribuciones de haberes i de patentes

Avaluo i matricula para el cobro de las contribuciones de haberes i de patentes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22205 / 8273946.

Texto oficial

ART. 2.° Los contribuyentes afectos al impuesto de patentes que no estuvieren incluidos en la última matrícula, deberán presentarse a la Alcaldía solicitando se les fije la patente que conforme a la lei, les corresponda pagar.