Texto oficial
Art. 8.o Si se hubiere de notificar un mismo decreto a varias personas que vivan en una misma casa o que estén en un mismo lugar, se cobrará el cincuenta por ciento del arancel, siempre que sean más de tres los notificados.
Decreto con fuerza de ley n.o 254
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 222061 / 9052988.