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Artículo UNICO del Decreto Ley 1077

Dispone que el remanente de los sorteos de la polla chilena de beneficencia a favor de la fundacion graciela letelier de ibañez cema - chile quedara a beneficio de la misma

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 222178 / 8370336.

Texto oficial

Artículo único: El remanente obtenido por concepto del valor de los premios en los boletos no vendidos del Sorteo que la Polla Chilena de Beneficencia realiza anualmente a beneficio de la Fundación "Graciela Letelier de Ibáñez" CEMA-CHILE, en virtud de las leyes Nºs. 11.826 y 12.920, pasará a incrementar la utilidad que le corresponda percibir a la mencionada institución, la que será puesta a su disposición en la forma señalada en la letra c) del artículo 2º del DFL. 120, de 1960.