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Artículo UNICO de la Ley 19.938

Modifica la ley nº 18.962, orgánica constitucional de enseñanza, para promover los derechos humanos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 222228 / 6468188.

Texto oficial

"Artículo único.- Intercálase, en el inciso final del artículo 2º de la ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, antes de la palabra "estimular", lo siguiente: "promover el estudio y conocimiento de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana, fomentar la paz,".