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Artículo UNICO de la Ley 896 · Pension de gracia a doña clorinda lopez

Pension de gracia a doña clorinda lopez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22245 / 5947826.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Concédese, por gracia, a doña Clorinda López, viuda del capitan don José Ramon Lira, el goce de la pension de montepío correspondiente al empleo de sarjento mayor, en vez de la de capitan que actualmente percibe.