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Artículo UNICO de la Ley 919 · Jubilacion.- se le concede a don jose bernardo suarez

Jubilacion.- se le concede a don jose bernardo suarez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22267 / 5947902.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Concédese, por gracia, al ex-visitador de escuelas de Santiago, don José Bernardo Suárez, la jubilacion que le corresponda con arreglo a la lei núm. 120, de 25 de Noviembre de 1893, en vez de la que actualmente disfruta, la cual será incompatible con toda otra asignacion fiscal.