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Artículo 3 de la Ley 923 · Aduana de valparaiso. se crea el puesto de administrador i se fijan sus atribuciones

Aduana de valparaiso. se crea el puesto de administrador i se fijan sus atribuciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22271 / 5947920.

Texto oficial

ART. 3.° El Superintendente de Aduanas tendrá, ademas de las facultades i deberes que le asignan la Ordenanza i las leyes, las siguientes: 1.a Nombrar i remover a los marineros i patrones de bote, a propuesta de los jefes de las aduanas respectivas; i 2.a Suspender indefinidamente a los ajentes de Aduana cuando lo estime conveniente para el buen servicio, procediendo de acuerdo con el Administrador de la Aduana respectiva.