Saltar al contenido

Artículo UNICO del Decreto Con Fuerza de Ley 230

Decreto Con Fuerza de Ley 230

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 222900 / 6470757.

Texto oficial

Artículo único. Las Pensiones de retiro y montepío concedidas de acuerdo con las leyes números 4,092 y 4,093, de 16 de Septiembre de 1926 y que se han pagado en conformidad a los sueldos fijados en esas leyes, se pagarán en lo sucesivo y a contar desde el 1.o del actual, con relación a los sueldos fijados por los decretos leyes números 636 y 666, de 17 de Octubre de 1925. Este beneficio no otorga derecho alguno al tiempo anterior a la vigencia del presente decreto.