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Artículo UNICO del Decreto Ley 1158

Otorga, por gracia, a don calisto a. nuñez aliaga, la pension que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 222921 · idParte: 8370440

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase, por gracia, a don Calisto A. Núñez Aliaga una pensión de un sueldo vital mensual de la provincia de Santiago. El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.