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Artículo UNICO de la Ley 956

Autorizacion a la municipalidad de san felipe para que pueda conceder el uso de sus calles, plazas, etc., para el alumbrado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22302 / 8274023.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Autorízase a la Ilustre Municipalidad de San Felipe, para que conceda, por el término de veinticinco años, el uso de las calles i plazas de dicha ciudad, con el objeto de establecer el servicio de alumbrado eléctrico o de gas.