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Artículo UNICO del Decreto 48

Promulga el tratado de libre comercio con el gobierno de la república de corea y sus anexos, con las correcciones posteriores en su versión en idioma español

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 223319 / 8428637.

Texto oficial

Artículo único: Promúlganse el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Corea y sus Anexos, suscrito el 15 de febrero de 2003; y las correcciones introducidas a su texto en español en el título de la Parte III y al párrafo 2. (a), del Anexo 19.2, por Notas Verbales de fechas 7 y 17 de abril de 2003, y al Artículo 4.3, por Notas Verbales de fechas 10 y 21 de julio de 2003; cúmplanse y llévense a efecto como Ley. Publíquese en el Diario Oficial copia autorizada del Tratado y de las mencionadas Notas Verbales por las cuales se adoptaron correcciones a su texto. Los Anexos del Tratado se publicarán en la forma establecida en la Ley N° 18.158.