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Artículo 12 del Decreto 237

Aprueba reglamento sobre tramitacion de posesiones efectivas intestadas, registro nacional de posesiones efectivas y registro nacional de testamentos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 223480 / 6472743.

Texto oficial

Artículo 12 .- La solicitud de posesión efectiva deberá contener, a lo menos, lo siguiente: 1.- Nombres y apellidos del causante, 2.- Rol único nacional y profesión u oficio del causante, 3.- Estado civil del causante, 4.- Número, año y circunscripción de la inscripción de defunción del causante, 5.- Lugar y fecha de la muerte del causante, 6.- Ultimo domicilio del causante, 7.- Nombres y apellidos de los herederos, 8.- Rol único nacional de los herederos, 9.- Domicilio de los herederos, 10.- Calidades con que heredan, 11.- El inventario valorado de los bienes del causante, 12.- Declaración del solicitante de haberse aceptado o no la herencia con beneficio de inventario, 13.- Firma del solicitante.