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Artículo UNICO de la Ley 1.016

Lei que autoriza al presidente de la república para conceder una suma de dinero a los herederos de don carlos freraut

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22350 / 5948171.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para conceder, por gracia, a los herederos de don Cárlos Fréraut la suma alzada de doscientos mil pesos en compensacion única i en razon de los contratos de esplotacion i demas relativos a la salitrera "Barrenechea", i hoi de propiedad del Estado.