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Artículo 13 del Decreto Ley 614

Modifica los decretos leyes n.o 294 y n.o 450, de 1974, que fijan las ubicaciones en la escala unica de los trabajadores de la oficina de planificacion agricola, instituto de desarrollo agropecuario, servicio agricola y ganadero, corporacion de la reforma agraria, instituto de investigaciones agropecuarias, instituto de capacitacion e investigacion en reforma agraria, instituto de educacion rural, y del instituto de desarrollo indigena

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 223519 / 7310488.

Texto oficial

Artículo 13º.- Declárase que las modificaciones al Decreto Ley N.o 294, de 1974, contenidas en los artículos 1º a 8º inclusive del presente Decreto Ley, tendrán vigencia desde el 1º de Enero de 1974. Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.-