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Artículo 2 de la Ley 1.026 · Personal del ejército.- se aumenta

Personal del ejército.- se aumenta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22358 / 5948200.

Texto oficial

ART. 2.° Derógase el artículo 3.° de la lei número 17 de 4 de Febrero de 1893.