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Artículo 3 del Decreto Ley 1276

Modifica decreto ley nº 1.024, de 1975, que establece recargo a los impuestos a la renta y herencias y donaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 223586 / 7310536.

Texto oficial

Artículo 3º- Para los efectos de la aplicación del crédito establecido en el artículo 4º transitorio del decreto ley Nº 910, de 1975, las sociedades anónimas y en comandita por acciones tendrán derecho a acreditar también el recargo que en virtud del Nº 3 del artículo 1º del decreto ley Nº 1.024, de 1975, se haya aplicado a la tasa adicional establecida en el artículo 21º de la Ley de la Renta, en la parte que corresponda a dividendos distribuidos entre el 1º de Julio y el 31 de Diciembre de 1975 con cargo a utilidades que fueron afectadas por dicho recargo.