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Artículo 5 del Decreto Ley 1280

Regulariza la situacion funcionaria y administrativa del personal de las ex escuelas normales y que no fue reubicado por las universidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 223587 / 6473161.

Texto oficial

Artículo 5º Facúltase al Presidente de la República para que en el plazo de un año, mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio de Educación Pública, suprima las Escuelas Normales del país y fusione, transforme, cambie de denominación y traslade a otras plantas del Ministerio los siguientes cargos de la Dirección de Educación Primaria y Normal: - DE LA PLANTA DIRECTIVA, PROFESIONAL Y TECNICA - Jefe de Depto. de Enseñanza N. Perfeccionamiento 1 cargo Grado 6º E.U. - Jefe Sección Perfeccionamiento del Personal 1 cargo Grado 8º E.U. - DE LA PLANTA DOCENTE - Jefe Of. Téc. Enseñanza Normal Norte y Santiago 1 cargo Grado 19º E.U. - Jefe Of. Práctica Supervisada 1 cargo Grado 20º E.U. - Directores Escuelas Nocturna Anexa "J.A. Núñez" 1 cargo Grado 28º E.U. - Profesores de Esc. Noct. Anexa Normal "J.A. Núñez" 5 cargos Grado 29º E.U.