Texto oficial
ARTICULO UNICO. Concédese al Instituto Aleman de la Union el permiso requerido por el art. 556 del Código Civil para conservar, durante treinta años, la propiedad del bien raiz que posee en dicha ciudad.
Instituto alemán de la unión
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22370 / 7162847.