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Artículo UNICO de la Ley 1.118 · Linea telegrafica de punta dungeness a punta arenas

Linea telegrafica de punta dungeness a punta arenas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22416 / 8274099.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Se autoriza al Presidente de la República por el término de seis meses, para que pueda invertir hasta la suma de treinta i cinco mil pesos en la construccion de una línea telegráfica que una Punta Dungeness con Punta Arenas.