Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 1.120 · Sociedad protectora de la infancia de santiago

Sociedad protectora de la infancia de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22418 / 8274105.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Acuérdase a la Sociedad Protectora de la Infancia de Santiago la cantidad de cuarenta mil pesos para auxiliar la creacion de talleres para niños i de cunas públicas.