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Artículo 3 TRANSITORIO de la Ley 19.941

Modifica la ley nº18.961, orgánica constitucional de carabineros de chile, y modifica la ley nº 18.291, que reestructura y fija la planta y grados del personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 224205 / 8046905.

Texto oficial

Artículo 3º transitorio.- En las plazas del grado de Sargento 2º que se aumentan el año 2004, se encasillará a 21 Cabos 1º de Orden y Seguridad femeninas con mayor antigüedad, facultándose, por una sola vez, al General Director de Carabineros para efectuar el correspondiente encasillamiento.