Saltar al contenido

Artículo PRIMERO de la Ley 1.181 · Desagües i provision de agua potable para concepcion

Desagües i provision de agua potable para concepcion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22450 / 8274132.

Texto oficial

ARTICULO PRIMERO. Por el término de un año se autoriza al Presidente de la República para que por medio de propuestas públicadas i en conformidad a los planos que aprobará al efecto, contrate la construccion de desagües i la provision de agua potable para la ciudad de Concepcion.