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Artículo UNICO de la Ley 1.191 · Linea telegráfico de puerto montt a punta arenas

Linea telegráfico de puerto montt a punta arenas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22459 / 8274148.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de cincuenta mil pesos en el estudio de una línea telegráfica que una a Puerto Montt con Punta Arenas.