Texto oficial
Artículo único.- Derógase, a contar desde la fecha de su dictación, el inciso 2º del artículo 1º del decreto ley Nº 417, de 8 de Abril de 1974.
Modifica decreto ley nº 417, de 1974
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 224728 / 7310966.