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Artículo 1 del Decreto Ley 1339

Modifica arts. 2.o y 4.o del decreto ley 650, de 1974

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 224734 / 6476938.

Texto oficial

Artículo 1.o- Reemplázase el inciso segundo del artículo 2.o del decreto ley N.o 650, de 1974, por el siguiente: "La Embajada de Chile en Brasil podrá dar a las rentas de arrendamiento que se obtengan, las siguientes destinaciones: a) arrendamiento de bienes para sus propias dependencias; b) adquisición y reparación de muebles y alhajamiento en general de esas mismas dependencias, y c) pago de gastos de oficina y servicios".